El Concejo Deliberante capitalino aprobó un boleto único de $950 en el transporte urbano
Con voto dividido, el Deliberativo municipal – luego de un extenso y pormenorizado análisis en comisión-, sancionó con el voto oficialista (7 a 3) la Ordenanza 6505/25 por la que se dispone el incremento de $850 a $ 950 el boleto único, a petición del empresariado del transporte urbano de pasajeros.
El punto uno del Orden del Día, era el más esperado, el inherente a la nueva tarifa del transporte único de pasajeros, que se trató con despacho de comisión.
Por la aludida Ordenanza 6505/25, el Concejo Deliberante, establece: “Increméntese a Pesos Novecientos Cincuenta ($ 950,00) el precio del boleto único del transporte público de pasajeros de la ciudad de Santiago del Estero, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.
Así también, en el Artículo Segundo, “se ratifica la plena vigencia de la Ordenanza, referida al abono estudiantil primario y para discapacitados o personas con capacidades especiales”.
Al momento de la votación los ediles de los bloques Juntos por el Cambio (2) y Libres del Sur (1), fueron superados por el voto oficialista por 7 a 3. Luego las bancadas opositoras en particular acompañaron la redacción del artículo 2º de la Ordenanza.
En los fundamentos de la Ordenanza, se indica “la necesidad de actualizar el régimen tarifario actual, teniendo en cuentas las vicisitudes económicas provocadas por la quita del subsidio por el Gobierno Nacional, lo que provoca una grave crisis con el sector de choferes y operarios de las empresas”.
Agrega que “entre lo manifestado por los recurrentes dan cuenta de los costos operativos de los servicios que se incrementan en forma periódica, sumado a lo últimos incrementos en el salario de los trabajadores del sector, por lo que la tarifa va quedando desfasada en relación a los mismos”.
Afirma que “en reunión llevada a cabo entre el Honorable Concejo y los empresarios del transporte, han llegado a un acuerdo en una serie de exigencias y obligaciones por parte del sector empresarial, las que permitirían brindar un eficiente servicio en beneficio de los vecinos de la ciudad”.
Concluye que “la Carta Orgánica Municipal en su artículo 48°, H.1 establece que es facultad de este Honorable Cuerpo determinar el precio del servicio público del transporte urbano, modalidad ómnibus”.
La Banda
En la ciudad de La Banda también estaba previsto el tratamiento al incremento de las tarifas para el transporte público de pasajeros, pero no ingresó la nota de los transportistas y tampoco no hubo quórum, por lo cual el tema sería tratado en una próxima sesión.
Fuente: El Liberal