El COE local habilita actividades no esenciales para el sabado 26
El COE reunido en el día de la fecha, tomó las siguientes resoluciones que regirán en todo el ámbito de la provincia.
1) El dia SÁBADO 26/06 se mantendrán las mismas medidas preventivas vigentes para los días de semana; siendo el horario de circulación de 06 a 22hs, estando permitidas las actividades no esenciales, con el estricto cumplimiento de los protocolos aprobados por el Ministerio de Salud de la provincia.
2) El DOMINGO 27/06 el horario de circulación será de 06 a 18 hs, mientras que las actividades permitidas serán estrictamente las determinadas como esenciales.
3) Desde el lunes 28/06 hasta el VIERNES 02/07 inclusive, regirá nuevamente el horario de circulación de 06 a 22 hs, con actividades no escenciales y protocolos vigentes.
4) Se mantiene en todo el territorio provincial, hasta el 02/07 inclusive:
a) Suspendido el funcionamiento del transporte público de colectivos;
b) Las clases solo bajo modalidad no presencial.
Si bien, se ha mantenido estable la curva de contagios, la circulación de las distintas variantes (cepas de Manaos , Andina y Reino Unido ) en nuestra provincia, son mucho más contagiosas y agresivas para la salud. Por ello, apelamos a responsabilidad individual y colectiva de todos los hermanos santiagueños, en el cumplimiento de todas las medidas de prevención, mientras avanzamos con la campaña de vacunación.
Se recuerda que, LAS REUNIONES SOCIALES SE ENCUENTRAN PROHIBIDAS, y se exhorta a la ciudadanía, a evitar las actividades que favorezcan la transmisión viral por contacto estrecho prolongado; estando en ese sentido prohibidas también, las reuniones familiares en casas particulares con personas que no sean del grupo conviviente.
Es fundamental cumplir con la obligación de mantener la distancia entre personas, el uso correcto del tapabocas y la higiene permanente de las manos.
Por último, es necesario recalcar, que las personas notificadas como positivas de Covid y sus contactos estrechos deben mantener estricto aislamiento domiciliario por 14 días, y que la violacion de esa disposición significa un grave delito, previsto en el Código Penal (art 202) con una sanción de reclusión o prision de 3 a 15 años.