Ley de Góndolas: establecen nuevas Defensa del Consumidor 

A través de la Resolución 110/21 publicada en el Boletín Oficial el jueves 28 de enero de 2021, la Secretaría de Comercio Interior estableció las primeras especificaciones para la implementación de la Ley de Góndolas en todo el país.

Desde la Oficina de Defensa del Consumidor de la Municipalidad de La Banda explicaron que la resolución establece que las cadenas de supermercados deberán tener un trato equitativo con PyMEs, cooperativas y emprendimientos de la agricultura familiar. La medida también establece cuáles serán los productos incluidos y cómo serán las categorías y especifica la superficie mínima que deben tener los comercios, que tendrán hasta marzo para adaptar sus estructuras.

En cuanto a la superficie mínima de venta al público que deben tener los comercios medianos e hipermercados, será de 800 metros cuadrados, medidos desde la línea de cajas, descontando los depósitos y espacios exclusivos para su personal.

La normativa también dispone que se destine al menos un 25 por ciento del espacio de exhibición para productos de pequeñas y medianas empresas. Y como mínimo, un 5 por ciento del espacio de las góndolas deberá destinarse a productos de empresas de agricultura campesina, indígena y de la economía popular.

Los alimentos serán agrupados en góndolas o categorías, se incluirá todos los productos alimenticios, bebidas, productos de higiene y cuidado personal, y de limpieza del hogar. Quedando exceptuadas las carnes, los pescados y mariscos.

La Ley de Góndolas establece que los comercios alcanzados deberán ofrecer al menos cinco productos de distintos grupos económicos por categoría y que la exhibición de los productos de un mismo grupo económico no debe superar el 30 por ciento de la superficie en su categoría.

En tanto, los productos que se comercialicen bajo el programa Precios Cuidados quedan excluidos de estas especificaciones y tendrán criterios particulares de exhibición, que elaborará oportunamente la Secretaría de Comercio Interior y en los próximos días publicará los listados en su página web.

Por último, la resolución establece que la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de los Consumidores será la encargada del control y vigilancia de esta medida y los comercios tienen un plazo de 90 días contados a partir del 15 de diciembre de 2020, fecha en que se reglamentó la Ley, para adaptar sus estructuras a las condiciones que se determinan en la Resolución 110/21.

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