Presentan el protocolo para la habilitación de los templos religiosos
Atento a que el Superior Gobierno de la Provincia de Santiago del Estero, en virtud a la eficacia de las medidas de seguridad adoptadas desde el inicio de la pandemia por Coronavirus y dentro del marco de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio implementado por Decreto P.E. N° 914/2020, en función a la dinámica epidemiológica dentro del ámbito provincial, ha dispuesto habilitar actividades religiosas comunitarias a fin de atender la dimensión espiritual de la población, bajo la modalidad presencial a partir del día Miércoles 23 de Septiembre. Ante ello, surge la necesidad de establecer un PROTOCOLO DE SEGURIDAD SANITARIA, cuyo cumplimiento tendrá carácter estrictamente obligatorio. De esta manera se busca asegurar la protección de la ciudadanía en general, con el único propósito de evitar la propagación del virus COVID-19.
El ámbito de aplicación del protocolo son los Templos y Lugares de Culto, para asegurar el cumplimiento de las medidas de protección, distanciamiento e higiene.
Los templos y lugares de Culto podrán abrir sus puertas, en los Departamentos de Capital y Banda, de lunes a viernes de 09:00 a 17:00 hs. y los sábados y domingo de 9:00 a 14:00 hs. En el resto de los Departamentos de la Provincia, los horarios serán definidos según la situación epidemiológica de cada Municipio. No se podrá alterar los días y horarios fijados bajo ninguna circunstancia y/o justificación.
En el interior de los templos se podrán realizar las siguientes actividades:
a) Oraciones individuales.
b) Confesiones.
c) Ayuda y orientación espiritual individual.
d) Celebraciones comunitarias de los sacramentos
Para lo cual se deberá asegurar el distanciamiento social de 1.30 a 2mts de distancia y el ingreso de no más de 10 personas. En el caso de disponer de una superficie de más de 600 metros cuadrados podrán ingresar hasta 20 personas. No se autorizan ceremonias, celebraciones, conmemoraciones litúrgicas y actos de culto que impliquen la concurrencia multitudinaria de personas.
a. Se dispondrá de solución de agua con alcohol al 70% / alcohol en gel al ingreso del templo.
b. Se deberá concurrir con barbijo y/o tapaboca.
c. Se permitirá la permanencia de personas a dos metros de distancia una de otra e indicar con claridad los lugares que se pueden ocupar en los bancos para que las personas guarden las debidas distancias.
d. Realizar celebraciones litúrgicas que no excedan los 40 minutos.
e. Entre celebraciones se debe resguardar el tiempo necesario de no menos de media hora para la limpieza/desinfección del lugar.
d. El sacramento de la reconciliación podrá celebrarse en lugares donde se guarde la distancia mínima necesaria (2 metros) sin que perjudique a la confidencialidad.
e. Las puertas y ventanas del templo deberán permanecer abiertas para permitir la ventilación del mismo, durante las horas de funcionamiento.
f. Se deberá evitar la manipulación de bancos, puertas, pasamanos, barandas y manijas. Delante de las imágenes benditas deberá colocarse una cinta o bancos a distancia suficiente como para evitar que se llegue a tocar, no se pondrá agua bendita en ninguna fuente o recipientes.
g. Se recomienda no asistir a los templos a los grupos de riesgo y a cualquier persona que presente síntomas compatibles con COVID-19.
h. Se deberá controlar el número de fieles permitidos, y registrar de cada una de ellos nombre y teléfono. Una vez completado el número de asistentes, no podrá ingresar nadie más al recinto.
i. Se deberá colocar a la entrada y salida un trapo embebido en agua con lavandina para desinfectar el calzado. El camino de entrada y salida deberá ser desinfectado con regularidad.
j. Se deberá realizar las desinfecciones de los templos y lugares empleados para el culto, antes de la apertura y una vez cerradas las puertas de ingreso.
a. No es aconsejable que los sacerdotes asistan, en forma presencial a los enfermos de COVID-19 graves y en peligro de muerte con el Sacramento de la Unción de los Enfermos, en Salas de UTI, UCI y en domicilio.
b. Los sacerdotes y diáconos podrán asistir a los funerales siempre que la familia lo solicite, a través del rezo de un responso y/o una oración breve y resguardando las medidas de protección.
c. La Secretaría Parroquial podrá atender dentro de la franja horaria de apertura del Templo, guardando las distancias indicadas como las medidas de protección.
d. Continúan suspendidas las reuniones pastorales, grupos de oración, catequesis, para lo cual motivamos el uso de medios virtuales.
e. La atención a los pobres por medio de Caritas, merenderos y comedores, continuará al modo en que se viene desarrollando.
El presente protocolo de bioseguridad está sujeto a la modificación según la dinámica de la pandemia, dejando sin efecto o ampliando el mismo a fin de evitar cualquier riesgo para la población en general.