Cuándo empieza, hasta cuándo rige y qué está prohibido en la veda electoral
De cara a las elecciones legislativas que se celebrarán este domingo, desde este viernes 12 de noviembre a las 8 comienza a regir la veda electoral.
Según el artículo 64 bis del Código Nacional Electoral, la campaña electoral “finaliza 48 horas antes del inicio de los comicios”, y hasta tres horas después de finalizada la votación, a las 21, rigen una serie de restricciones para determinadas prácticas y actividades sociales.
Qué no se puede hacer durante la veda, el apartado 71 de esa norma establece dentro de las prohibiciones:
-Realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la iniciación de los comicios y hasta el cierre del mismo, a las 18 horas del domingo.
-Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 metros) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
-La venta de bebidas alcohólicas (prohibida desde las 20 horas del sábado 13 hasta las 21 del domingo).
-Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
-Prohibición de portar armas.
-Desde el viernes y durante el día de la votación estará prohibido portar banderas, distintivos o insignias partidarias.